FAMILIA Y SUBSIDIARIEDAD

Nueva evangelización y más fiel (3)


Familia y subsidiariedad.


Autor: Paulino Quevedo.
Dr. católico, filósofo, laico y casado.


La nueva evangelización, tan deseada, sólo podrá lograrse si la escuela católica colabora con la familia, de modo que, en vez de enseñar a los niños enseñe a sus padres, para que ellos eduquen personalmente a sus hijos.
Familia y subsidiariedad.
Ya desde el primer artículo de esta serie vimos que en la actualidad nos encontramos en la crisis del incumplimiento —ante el mandato de Cristo de bautizar a todas las gentes, después de dos milenios de no haber bautizado ni la quinta parte de la humanidad actual—, que nos obliga a revisar todo lo que hacemos y hemos venido haciendo, a fin de descubrir lo que estamos haciendo mal.

En el artículo anterior, segundo de esta serie, dije que hemos defendido el principio de subsidiariedad en lo referente a la escuela frente al Estado, en beneficio de padres y maestros; pero que poco nos hemos preocupado de defender ese mismo principio en lo referente a la familia frente a la escuela, en beneficio de los niños. Y también dije que esta problemática sería tema de otro artículo, que es éste.
Familia y subsidiariedad.
Aunque los artículos de esta serie pueden leerse independientemente, hay entre ellos una relación; debido a lo cual se aprovechará mejor la lectura de cada uno si se relaciona con la de los otros, que pueden encontrarse activando el vínculo que se ofrece en seguida:

Nueva evangelización y más fiel


Enriquecimiento cristiano del paidoderecho
Familia y subsidiariedad.
En mi artículo La familia y su crisis, mencionado arriba, ofrecí una fundamentación natural, en diez pasos, del paidoderecho, aunque todavía no lo llamara así. Éste es un derecho natural del niño, que se basa en el solo hecho de ser persona humana. Si no recuerdo mal, comencé a llamarlo así, paidoderecho, en mi artículo Hay que facilitar el respeto del paidoderecho, también mencionado arriba. En este último artículo aparece la siguiente noción del paidoderecho, que es una noción tan sólo natural:

    Noción natural del paidoderecho: el derecho del niño a ser educado personal y amorosamente por sus propios padres, salvo el principio de subsidiariedad.

Sin embargo, el paidoderecho se enriquece con el cristianismo, ya que los niños cristianos, bautizados, tienen el derecho de que con ellos se practique la clave de la nueva evangelización; es decir, que se los evangelice de modo que puedan entregarse plenamente a Dios, libre y alegremente, al llegar al uso de razón. Y es precisamente el paidoderecho el que se enriquece, debido a que es prácticamente imposible, como pronto veremos, que los niños sean así evangelizados si no son educados personal y amorosamente por sus propios padres, esto es, conforme al paidoderecho, que de este modo enriquece su noción elevándola al ámbito de lo sobrenatural:

    Noción sobrenatural del paidoderecho: el derecho del niño a ser educado y evangelizado personal y amorosamente por sus propios padres, en conformidad con la clave de la nueva evangelización, salvo el principio de subsidiariedad.

A primera vista podría parecer que la noción sobrenatural del paidoderecho restringe la universal extensión de su noción natural, ya que se refiere sólo a los niños cristianos, ya bautizados. Pero si miramos la realidad humana en toda su profundidad podremos comprender que no es así. En efecto, todos los niños, cristianos o no, bautizados o no, tienen el derecho de recibir los méritos redentores que Cristo ganó para todos, también para ellos; es decir, tienen el derecho de ser bautizados y debidamente evangelizados. Si no reciben los méritos que Cristo ganó es porque algo estamos haciendo mal; y eso que estamos haciendo mal es, principalmente, fallar en lo referente a la clave de la nueva evangelización. La noción del paidoderecho se enriquece extraordinariamente, reteniendo toda su universalidad, después de que el Verbo Divino se encarna en Cristo:

    Noción universal postcristiana del paidoderecho: el derecho del niño a ser bautizado, educado y evangelizado personal y amorosamente por padres propios que sean cristianos, en conformidad con la clave de la nueva evangelización, salvo el principio de subsidiariedad.

Nótese que en la noción sobrenatural del paidoderecho escribí con letras itálicas lo que ésta añade a la noción natural; y que en la noción universal postcristiana hice lo mismo respecto a la noción sobrenatural. Lo que estamos viendo es que el paidoderecho, cristianamente enriquecido, implica unas exigencias tremendas en nuestra misión evangelizadora, porque mientras más tardemos en evangelizar a toda la humanidad, se seguirá violando el paidoderecho, y se seguirá agravando la crisis del incumplimiento.


La clave de la nueva evangelización se generaliza
Familia y subsidiariedad. Familia y subsidiariedad.
Es claro que, ante Dios, no tenemos derecho de que nos redimiera; no podríamos exigir un supuesto derecho de que el Verbo se encarnara en Cristo. Pero una vez que el Verbo se encarnó, y que Cristo vivió entre nosotros y ganó nuestra redención muriendo en la Cruz, sin duda tenemos el derecho de que se nos apliquen en lo personal esos méritos redentores. Bien, pero ese derecho lo tenemos... ¿ante quién? Pensemos en alguien que tenía la buena disposición de haberse convertido al cristianismo si hubiera sido debidamente evangelizado, pero que no lo fue. ¿A quién puede reclamarle su derecho violado? ¿Quién se lo violó?
Familia y subsidiariedad.
La única respuesta es que su derecho fue violado por quienes debieron haberlo evangelizado, pero que no lo hicieron, es decir, los cristianos, nosotros. ¿Somos culpables? y ¿en qué medida? No sabemos qué personas son o han sido las culpables, ni en que medida, pero ciertamente... ¡somos cadenas de culpables! Es algo semejante a la pregunta de quiénes son los culpables de los nueve millones de personas que mueren de hambre cada año... ¡somos cadenas de culpables! Son de esos pecados, también desconocidos —etiam ignotis—, de los que le pedimos perdón a Dios.
Familia y subsidiariedad.
Pero no siempre fue así; hay una fecha, que está en la mente de Dios, antes de la cual no lo fue. Se trata de la fecha en que se habría cumplido el mandato de Cristo de bautizar a todos los pueblos (cfr. Mateo 28, 19-20) si todos hubiéramos hecho lo que Él esperaba de nosotros. ¿Cuál será esa fecha? Tal vez sea mejor que no lo sepamos, pero ciertamente no es dos milenios después de que Cristo nos dio su mandato.
Familia y subsidiariedad.
De otra parte, hoy sabemos que el derecho a la libertad religiosa es un derecho humano fundamental. Y en base a tal derecho, los padres de familia tienen el derecho de educar a sus hijos en la religión que sinceramente les parezca verdadera, aunque estén en el error; de lo cual se sigue que si no son cristianos tienen el derecho de no bautizar a sus hijos. Pero, según hemos visto, esos hijos tienen el derecho de ser bautizados. Entonces, ¿qué sucede? Lo que sucede es que sus padres también tuvieron el derecho de ser bautizados y educados cristianamente, pero no lo fueron; y lo mismo sucedió con sus abuelos, y con sus bisabuelos, y así sucesivamente.
Familia y subsidiariedad.
Lo que sucede es que lo que hemos llamado clave de la nueva evangelización para los niños actuales y futuros, lo fue también para sus padres, y sus abuelos, y sus bisabuelos, y así sucesivamente; es decir, en realidad es la clave de la evangelización, y lo nuevo es sólo la necesidad de corregir las deficiencias del pasado. Debemos valorar en toda su importancia la evangelización que llevarán a cabo los niños —quienes no tienen acepción de personas— cuando ellos sean evangelizados conforme al paidoderecho y a la clave de la evangelización.
Familia y subsidiariedad.
Lo que hemos venido haciendo mal es fallar respecto a la clave de la evangelización; clave que es tal hoy, y lo será en el futuro, y también lo fue en el pasado, ¡lo ha sido siempre!, y tiene su aplicación precisamente en la familia, que ha sido desaprovechada como fuerza evangelizadora. Volveremos sobre este tema después de algunas aclaraciones sobre el paidoderecho y la subsidiariedad.


Paidoderecho y subsidiariedad
Familia y subsidiariedad.
En la Iglesia hemos usado el principio de subsidiariedad para defender a la escuela de las intromisiones del Estado; pero no hemos usado este mismo principio para defender a la familia de las intromisiones de la escuela, en el sentido preciso de defender a los niños de ser enviados a la escuela, cuando podrían ser educados personal y amorosamente por sus padres, en conformidad con el paidoderecho. El Catecismo de la Iglesia Católica nos ofrece una noción del principio de subsidiariedad que quizá sea la más breve y sencilla de todas, y también lo aplica de una manera muy clara al caso de las familias:

    "Según el principio de subsidiariedad, ni el Estado ni ninguna sociedad más amplia deben suplantar la iniciativa y la responsabilidad de las personas y de las corporaciones intermedias" (Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1894).
    Familia y subsidiariedad.
    "En conformidad con el principio de subsidiariedad, las comunidades más vastas deben abstenerse de privar a las familias de sus propios derechos y de inmiscuirse en sus vidas" (Catecismo de la Iglesia Católica, n. 2209).

Lo que la iniciativa de las personas puede hacer no debe ser suplantado por sociedades; y lo que la iniciativa de las organizaciones intermedias puede hacer, como las familias, no debe ser suplantado por sociedades más amplias, como la escuela o el Estado. Por tanto, con fundamento en el principio de subsidiariedad, deben defenderse las iniciativas de la escuela frente a las intromisiones del Estado; y tanto la Iglesia como la iniciativa privada han llevado a cabo tal defensa. Y por lo mismo, y con fundamento en el mismo principio, deben defenderse las iniciativas de la familia frente a las intromisiones de la escuela; pero en la práctica, increíblemente, esta defensa no ha sido llevada a cabo por la Iglesia, sino sólo por algunas familias, como ha sucedido en Estados Unidos en lo referente a la educación hogareña (home schooling). En teoría se ha dicho algo en la Iglesia, pero sin llevarlo a la práctica en nuestro tiempo, como lo mencionado en los siguientes textos del Concilio Vaticano II:

    "Hay que salvaguardar el derecho de los padres a procrear y a educar en el seno de la familia a sus hijos. Se debe proteger con legislación adecuada y diversas instituciones y ayudar de forma suficiente a aquellos que desgraciadamente carecen del bien de una familia propia" (Gaudium et spes, n. 52).
    Familia y subsidiariedad.
    "Puesto que los padres han dado la vida a los hijos, están gravemente obligados a la educación de la prole y, por tanto, ellos son los primeros y principales educadores. Este deber de la educación familiar es de tanta trascendencia que, cuando falta, difícilmente puede suplirse. ... Obligación de la sociedad civil es proveer de varias formas a la educación de la juventud: tutelar los derechos y obligaciones de los padres y de todos los demás que intervienen en la educación y colaborar con ellos; conforme al principio del deber subsidiario cuando falta la iniciativa de los padres y de otras sociedades, atendiendo los deseos de éstos y, además, creando escuelas e institutos propios, según lo exija el bien común" (Gravissimum educationis, n. 3).

En los dos textos anteriores se aprecia claramente la doctrina de que los padres son los primeros y principales educadores de sus hijos, y de que tienen el derecho de educarlos en el seno de la familia; pero no se dice que los hijos tienen el derecho de ser educados por sus padres en el seno de la familia, personal y amorosamente —paidoderecho—, y que, por lo mismo, los padres tienen la obligación de educarlos de esa manera. Más bien se dice, sin mencionar justificaciones subsidiarias, que los padres pueden enviar a sus hijos a la escuela —lo cual viola el paidoderecho—, defendiendo un supuesto derecho de los padres a elegir para ellos una escuela que corresponda a sus propias convicciones —al margen de toda subsidiariedad—, como bien puede apreciarse en el siguiente texto:

    "Los padres, como primeros responsables de la educación de sus hijos, tienen el derecho de elegir para ellos una escuela que corresponda a sus propias convicciones. Este derecho es fundamental. En cuanto sea posible, los padres tienen el deber de elegir las escuelas que mejor les ayuden en su tarea de educadores cristianos (cf GE 6). Los poderes públicos tienen el deber de garantizar este derecho de los padres y de asegurar las condiciones reales de su ejercicio" (Catecismo de la Iglesia Católica, n. 2229).

Al redactar los textos anteriores el Magisterio de la Iglesia no tenía un conocimiento claro, explícito, del paidoderecho, ni lo conocía por tal nombre, ni era consciente de que la escuela viola el paidoderecho si no hay justificaciones subsidiarias, al menos tal como la escuela funciona hoy. En todo esto ciertamente hay atenuantes, mas no por eso los niños dejan de sufrir los daños correspondientes. La escuela debe defender el paidoderecho, en vez de lastimarlo; mas para ello la escuela deberá ser transformada, como en seguida veremos.


La nueva evangelización y la escuela católica
Familia y subsidiariedad.
Es muy claro, tal como se dice en el último párrafo citado del Magisterio, que "los padres tienen el deber de elegir las escuelas que mejor les ayuden en su tarea de educadores cristianos"; pero esto es así sólo en el caso de que tales ayudas les sean indispensables, en conformidad con el principio de subsidiariedad. Lo que el Magisterio ha dicho hasta hoy, en desconocimiento del paidoderecho, desliga a los padres de familia de las obligaciones exigidas por la subsidiariedad en materia educativa. Paradójicamente, en la actualidad muchos niños de familias pobres tienen que trabajar, además de su padre y su madre, a fin de completar el gasto familiar; y así esos niños ni van a la escuela ni pueden ser educados por sus padres. En cambio, en las familias ricas, donde no hay razones subsidiarias y los padres ciertamente podrían educar personal y amorosamente a sus hijos —conforme al paidoderecho—, los niños son enviados a la escuela. Y luego muchos de esos niños ricos tienen crisis existenciales en la adolescencia y se hacen adictos a las drogas.
Familia y subsidiariedad.
Reproduciré, para tenerlos a la vista, los diez daños o peligros mencionados en mi artículo El movimiento de educación hogareña en Estados Unidos, citado arriba. En efecto, en la actualidad, al terminar el bachillerato es casi seguro que todo muchacho o muchacha que haya asistido a la escuela haya padecido al menos cinco de los siguientes daños: Familia y subsidiariedad.

  1. Tremendas presiones psicológicas debidas a los exámenes.
  2. Distanciamiento y malas relaciones con sus padres, frecuentes o habituales, con motivo de las calificaciones.
  3. Agresiones o persecuciones de parte de individuos o pandillas.
  4. Secuestro.
  5. Pérdida de la virginidad.
  6. Alguna experiencia de homosexualidad o lesbianismo.
  7. Haberse iniciado en el tabaco o en el alcohol.
  8. Haber probado alguna droga.
  9. Haberse adherido a la rebeldía estudiantil. Familia y subsidiariedad.
  10. Haber practicado alguna forma de delincuencia. Familia y subsidiariedad.

Y todo para terminar el bachillerato sólo con un mínimo —¿5%, 10%, 15%?— de los conocimientos que supuestamente deben adquirirse en 15 años de escolaridad, incluido el jardín de niños. Y no es nada de extrañar, habida cuenta de que la escuela es el lugar donde mayormente los hijos quedan fuera del control y cuidado de sus padres. Dada la proporción entre alumnos y profesores, éstos no tienen la capacidad ni la autoridad ni el cariño suficientes para cuidarlos y atenderlos debidamente.
Familia y subsidiariedad.
Los niños y jóvenes no tienen interés en la escuela, porque ésta viola sistemáticamente el principio pedagógico del paidocentrismo; principio que dice que la educación debe girar alrededor del niño, del educando, de sus intereses y aptitudes, y de ahí ir ramificando sus intereses y derivando los conocimientos hasta completar el currículo deseado. Esto exige una educación plenamente personalizada, que la escuela no puede proporcionar, debido a que los profesores no pueden conocer con la debida intimidad a cada uno de los alumnos de sus grupos, ya que no viven con ellos. Y por eso no conocen el desempeño de cada uno, para lo cual tienen que examinarlos y calificarlos, haciendo odiosa su educación.
Familia y subsidiariedad.
La evangelización, la catequesis y la educación religiosa, en general, sólo puede lograrse mediante una educación plenamente personalizada y amorosa que impregne todos los otros estudios y actividades de una religiosidad auténtica, donde Jesús sea el mejor de los amigos y quien dé pleno sentido a la vida. Esto solamente puede lograrse en la familia, porque los profesores escolares no pueden multiplicarse, además de que les falta el amor que sólo los padres tienen. Y por eso, en defecto de los padres, la subsidiariedad pide que el niño sean educado en un lugar que sea lo más parecido posible a una familia, que es otra familia que acepte educarlo en su intimidad, junto con los hijos propios de esa familia, casi como si fuera su hermano. Y entonces, la madre que así lo acepte, si lo desea podrá cobrar por educarlo y tener una fuente de ingresos.
Familia y subsidiariedad.
La mejor forma de lograr que se ponga en práctica la clave de la evangelización, y quizá la única, es que las escuelas vayan cambiando, aunque sea gradualmente, de modo que pasen de educar directamente a los niños a educar directamente a sus padres, para que luego ellos eduquen personal y amorosamente a sus hijos. Este cambio será difícil de aceptar, debido principalmente al movimiento de liberación femenina extremo, que hace ver la educación de los hijos como una actividad degradante. Por eso este cambio deberá ser promovido por la Iglesia, enseñando el paidoderecho y la clave de la evangelización, y haciendo ver que educar a los propios hijos es la actividad más profesional y de mayor beneficio social que las madres puedan tener.


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